En la era digital, los menores están inmersos en un entorno aparentemente lleno de oportunidades, pero en el que subyacen múltiples riesgos. El acceso a internet y el uso constante de dispositivos electrónicos han invadido y transformado la vida cotidiana familiar.
Esto nos ha abierto las puertas a nuevas formas de comunicación, información y entretenimiento; ha abierto la puerta de casa a la exposición de los niños y adolescentes a graves problemas como el ciberacoso, el sexting, la adicción a dispositivos, y la exposición a contenidos inadecuados o perjudiciales, como la pornografía. No cabe duda de que estamos ante el gran desafío de nuestra era.
En este contexto, el derecho se convierte en una herramienta crucial para proteger las necesidades de nuestros menores. De hecho, en el momento de aprobarse la Constitución española (CE), ya se vislumbró la necesidad e importancia de regular el uso de la tecnología, incluso antes de que internet se convirtiera en una parte integral de nuestras vidas.
El artículo 18.4 CE establece que la ley debe limitar el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos, y defender el pleno ejercicio de sus derechos. Este precepto es el pilar sobre el cual se ha ido construyendo la regulación que busca proteger a los menores en el entorno digital. No obstante, la realidad jurídica actual enfrenta varios desafíos. La evolución de la tecnología es tan rápida que el derecho siempre parece ir un paso por detrás.
Además, la regulación que busca amparar a los menores se encuentra dispersa en diferentes normativas. Entre ellas, destacan la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, la Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia, y la Ley 13/2022 de Comunicación Audiovisual.
El año 2024 ha sido un punto de inflexión en cuanto a la regulación del entorno digital de la infancia en España, después de que la conciencia social y de las familias empezara a alzar la voz en otoño de 2023. Por un lado, a nivel autonómico en el ámbito de educación, con la prohibición o regulación del uso de los dispositivos móviles en los centros escolares (aunque, por ejemplo, Castilla la Mancha fue la pionera ya en el año 2014).
Por otro lado, en junio del presente año se presentó el Anteproyecto de Ley Orgánica para la protección de las personas menores de edad en los entornos digitales.
Este anteproyecto busca unificar las normativas dispersas y abordar los nuevos desafíos tecnológicos de manera integral. Introduce medidas como la obligatoriedad para los fabricantes de dispositivos de incluir controles parentales, propone sanciones para el acceso no autorizado de menores a contenidos inapropiados y la cartera digital beta (sistema de verificación de la edad para acceder a contenidos de adultos). Además, enfatiza la importancia de la formación digital y la necesidad de asegurar la salud mental de los menores.
Actualmente la tramitación se encuentra parada, puesto que también se está debatiendo una norma que pretende reforzar la defensa digital de la salud mental de la juventud.
En este contexto, bajo la “Estrategia nacional de entornos digitales seguros para la infancia y la adolescencia”, está trabajando el Comité de expertos, quienes están aconsejando, a partir de su formación y experiencia, desde una óptica de los derechos y el respeto al interés superior del menor.
Es evidente que la necesidad social de una regulación del entorno digital de los menores ha logrado entrar en la agenda política, pero es largo aún el camino por recorrer.
Si sabemos, pues así nos lo señalan los expertos, que la exposición prolongada a las pantallas está asociada con problemas de salud mental como ansiedad, depresión y adicción; y además la exposición a contenidos violentos y sexualizados puede afectar el desarrollo psicosocial de los niños y niñas, perpetuando ideas erróneas sobre la sexualidad, la violencia y la interacción social, entre otras muchas cuestiones, no bastará una unificación de la normativa ni una regulación sobre el buen uso y formación digital de padres e hijos.
Hay una perspectiva básica que debería orientar toda legislación: abordar la regulación del entorno digital como una cuestión de salud pública.
En este sentido, y ante la necesidad urgente de actuar frente los hechos empíricos que estamos observando como sociedad, el derecho emerge como la herramienta que tiene la capacidad de reducir dichos efectos devastadores e incluso cambiar los hábitos digitales de los menores. Esta perspectiva podría incluir dos posibles líneas de actuación: por un lado, prevención implica también prohibición de acceso al hecho adictivo y, por el otro, la asistencia con recursos públicos para todos aquellos menores y familias afectadas.
La protección efectiva de los derechos de los niños y adolescentes en el ámbito digital es una tarea en constante evolución que requiere un esfuerzo conjunto de toda la sociedad. La legislación en nuestro país sobre el entorno digital y la atención de los menores está avanzando, pero aún enfrenta numerosos desafíos, especialmente en cuanto al enfoque jurídico de la dicha problemática.
Fue un éxito combatir en el ámbito del derecho el tabaquismo o las víctimas en la carretera; también las leyes tienen un papel en el mundo online para lograr proteger a nuestros menores.
Loreto Segura i Renau. Profesora de derecho constitucional Universitat Abat Oliba CEU.